CUOTAS COLEGIALES 2017

CUOTA DE COLEGIACIÓN COA.CANTABRIA  2017:   600,00 € LA CUOTA COLEGIAL, TAL COMO SE CONTEMPLA ACTUALMENTE EN EL REGLAMENTO DE FINANCIACION, DEBE SER CONSIDERADA COMO ÚNICA CUOTA CON PAGOS FRACCIONADOS. DICHA CUOTA SE DEVENGA POR EL HECHO DE ESTAR COLEGIADO EN FECHA 1 DE ENERO DE CADA AÑO 

CUOTA DE INCORPORACIÓN COA.CANTABRIA 2017:  100 EUR  (un único pago) ARQUITECTOS Y SOCIEDADES. LOS NUEVOS COLEGIADOS Y LOS COLEGIADOS QUE CAUSARON BAJA SUPERIOR A 1 AÑO ABONARÁN LA CUOTA DE INCORPORACIÓN AL COA.CANTABRIA

BONIFICACIONES COA.CANTABRIA 2017:

CALENDARIO DE PAGOS COA.CANTABRIA 2017:

   ORDINARIA

colegiados

en

2017(*)

colegiados

en

2016

colegiados en 2015, trabajadores por cuenta ajena,

funcionarios y senior

SOCIEDADES

SOCIEDAD UNIPERSONAL

1º plazo  enero    150,00 0,00 38,00 75,00 150,00 75,00
2º plazo abril 150,00 0,00 37,00 75,00  0,00  0,00
3º plazo julio  150,00 0,00 38,00 75,00  150,00 75,00
4º plazo octubre  150,00 0,00 37,00 75,00  0,00  0,00
CUOTA 2017:     600,00   0,00  150,00   300,00    300,00  150,00  

(*) Deberán abonar la cuota de incorporación al COA.Cantabria en el momento del Alta



MODALIDADES DE COLEGIACIÓN COA.CANTABRIA  2017:

(EL CAMBIO DE MODALIDAD DEBERÁ SOLICITARSE ANTES DE DEL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO ANTERIOR)


COLEGIADO RESIDENTE/NO RESIDENTE

  • COLEGIADO ARQUITECTO JUBILADO90 EUR  (un único pago)
  • COLEGIADO TRABAJADOR POR CUENTA AJENA
  • Son empleados por cuenta ajena aquellos que trabajan para un estudio de arquitectura, empresa privada o pública, para el Estado u otros organismos públicos. Las diferencias con el empleado por cuenta propia son fundamentalmente dos:
    oEl asalariado no participa de los beneficios de la empresa, su retribución a cambio de unas obligaciones concretas mediante se pacta en un contrato laboral.
    oTiene dependencia laboral de la empresa, que determina horarios, condiciones y características del puesto.
  • COLEGIADO PREJUBILADO O SENIOR 
  • Arquitectos mayores de 60 años que no realizan actividades profesionales como arquitecto en el ámbito privado , en el supuesto de que las realizase en el futuro, se ve obligado a poner dicha circunstancia en conocimiento del Colegio, aceptando, desde ese momento, el importe de cuota colegial vigente.
  • COLEGIADO FUNCIONARIO CON EXCLUSIVIDAD  
  • Arquitectos funcionarios o personal laboral fijo con dedicación exclusiva a las Administraciones Públicas , Entes y Empresas Públicas. que no realizan actividades profesionales como arquitecto en el ámbito privado. En el supuesto de que las realizase en el futuro, estará obligado a poner dicha circunstancia en conocimiento del Colegio, aceptando, desde ese momento, el importe de cuota colegial vigente.



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