13 ENMIENDAS DEL CSCAE A LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
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- Última actualización el Viernes, 23 Junio 2017
El CSCAE ha presentado, ante los Grupos Parlamentarios, trece enmiendas al proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, que se resumen a continuación.
El Derecho comunitario y en particular la Directiva 2014/24/UE sobre Contratación Pública, que ahora se transpone, considera que la licitación de servicios de Arquitectura debe tener un tratamiento singular, al tratarse de prestaciones de carácter intelectual. Esta consideración particular de nuestro sector exige la remisión a una regulación especial que asegure el cumplimiento del objetivo fundamental, que no es otro que el de asegurar la calidad de las ofertas y la correcta realización del trabajo, en beneficio de consumidores y usuarios y del interés general. Las adjudicaciones de servicios de Arquitectura y Urbanismo no pueden tratarse normativamente como las licitaciones generales de otros servicios.
- ENMIENDA 1. Eliminar la limitación temporal en la justificación de la solvencia
- ENMIENDA 2. Propiciar la participación de profesionales jóvenes y de pequeños estudios
- ENMIENDA 3.Fomentar la calidad arquitectónica en la contratación pública limitando el criterio del precio a un máximo del 20%.
- ENMIENDA 4. Adjudicación obligada de la dirección de las obras junto con el proyecto
- ENMIENDA 5. La redacción de proyectos arquitectónicos y urbanismo, se adjudicará siempre mediante el tipo legal "Concurso de Proyecto"
- ENMIENDA 6. Establecer la doble fase en ambas modalidades, abierta y restringida.
- ENMIENDA 7. Reconocimiento del derecho de compensación económica de los participantes en la segunda vuelta
- ENMIENDA 8. En los concursos de proyectos, la oferta económica no debe regir como criterio en la adjudicación.
- ENMIENDA 9. Reforzar y garantizar el principio de especialidad en la composición del jurado. Ahora 1/3, se propone 2/3.
- ENMIENDA 10. Dictamen del jurado vinculante para el órgano de contratación
- ENMIENDA 11. Creación de un reglamento de concursos
- ENMIENDA 12. Especialidades de los contratos de servicios cuyo objeto sea la elaboración de proyectos arquitectónicos o de ingeniería
- ENMIENDA ADICIONAL. Reconocimiento del carácter intelectual de los servicios de arquitectura y compromiso de remisión del Proyecto de Ley de la Arquitectura.
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